VUELTA A LA PRESENCIALIDAD CICLO 2022 FAUD

A continuación se transcribe el Boletín oficial con la Resolución de Rectorado 146-22 donde se establece el comienzo de los Calendarios Académicos de manera presencial.

MAR DEL PLATA, 25 de febrero de 2022.-

VISTO las Resoluciones de Rectorado Nºs 3106/2020, 3127/2020, 3151/2020, 3206/2020, 3280/2020, 3329/2020, 3388/2020; 3429/2020; 3518/2020, 3582/2020, 3738/2020, 3784/2020, 3810/2020, 3861/2020, 3914/2020, 4010/2020, 4013/2021, 4167/2021, 4234/2021, 4348/2021, 4453/2021, 4568/2021, 4673/2021, 4718/2021, 4782/2021, 4825/2021, 5055/2021 y la Resolución de Firma Conjunta 04/22 de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO

Que los lineamientos surgidos de la Declaración Conjunta entre el Ministerio de Educación de la Nación, la Secretaria de Políticas Universitarias de dicho ministerio y el Consejo Interuniversitario Nacional – CIN, plantean la necesidad del retorno a la plena presencialidad en todo el sistema universitario público argentino para el ciclo lectivo 2022.

Que las vacunas utilizadas en Argentina demostraron una adecuada eficacia para la prevención de la enfermedad, lo cual disminuye el riesgo y posibilita el retorno a la presencialidad plena de los y las docentes, estudiantes y de los trabajadores y las trabajadoras universitarios a sus lugares de trabajo.

Que los porcentajes de vacunación con esquema completo entre los integrantes de la comunidad educativa superan el 90%.

Que en la provincia de Buenos Aires se dispuso el regreso a la presencialidad en todos los niveles educativos de conformidad con los lineamientos del Consejo Federal de Educación.

Que la Resolución de Firma Conjunta 04/22 del Ministerio de Salud y Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires aprobó “lineamientos sanitarios para el retorno a la presencialidad plena en Universidades con asiento en la provincia de Buenos Aires”, con el objetivo de pautar normas sanitarias que faciliten el retorno a la plena presencialidad.

Que dentro de la estructura de nuestra Universidad y en las diferentes situaciones con las que nos encontramos, resulta necesario determinar que las autoridades de aplicación con facultades decisorias suficientes en cada una de las unidades académicas y dependencias respecto a la presencialidad conforme los criterios establecidos por las normativas citadas precedentemente.

Que las Universidades Nacionales posee autonomía institucional consagrada constitucionalmente, y que la Ley 24.521 de Educación Superior consagra que dicha autonomía constitucional comprende la facultad deber de desarrollar y participar en emprendimientos que favorezcan el avance y aplicación de los conocimientos.

Que mediante Resolución de Rectorado Nº 3106/20 se dispuso que las medidas adoptadas serían evaluadas, revisadas y actualizadas a tenor de los cambios que pudieran presentarse frente a los acontecimientos que son de público y notorio conocimiento. Que es importante reforzar la vigilancia epidemiológica para detectar de manera temprana y oportuna nuevos brotes del virus. Que la presente Resolución se funda en el Estatuto vigente de esta Universidad. Por ello,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA RESUELVE:

Artículo 1°: Establecer que el ciclo lectivo 2022 comenzará en el mes de marzo, acorde a los calendarios académicos previstos por cada Facultad y Escuela de manera presencial. Se deberán tener en consideración las pautas sanitarias establecidas en los respectivos protocolos aplicables en esta jurisdicción.

Artículo 2°: Cada Unidad Académica en función de las carreras que dictan, podrán complementar la presencialidad con modalidades y formatos pedagógicos que contemplen estrategias hibridas entre modalidad virtual y presencial.

Artículo 3°: Las Unidades Académicas, que través del correspondiente acto administrativo, opten por una opción pedagógica híbrida, deberán hacerlo en el marco de la normativa y documentos del Sistema Institucional de Educación a Distancia – SIED UNMdP.

Artículo 4°: Todo el personal universitario, Autoridades, Docentes y No docentes, a partir de la presente resolución deberán realizar sus tareas habituales de manera presencial. Solo se contemplarán las excepciones previstas en los respectivos acuerdos paritarios firmados durante el mes de febrero con los gremios representativos de cada sector.

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